El Seprona de la Guardia Civil de Villablino ha
sorprendido durante la última semana a seis personas en las comarcas de
Laciana y Omaña mientras cazaban de forma furtiva, incumpliendo varias
normativas legales sobre la materia, según ha comunicado este lunes la
Subdelegación del Gobierno.
16/04/2013 | El Norte de Castilla
| SERGIO JORGE
Una actuación que se inició el pasado día
10, cuando los agentes identificaron a dos personas en el término
municipal de Cuevas del Sil, zona de especial protección porque hay una
gran colonia de osos pardos. Los acusados estaban cazando con artes y
medios prohibidos, puesto que no seleccionan los animales que podrían
ser objetos de sus intentos. Además, se les incautaron cuatro lazos de
acero para jabalíes, media docena de petardos de gran potencia, una
escopeta y cartuchos de posta.
Otras cuatro personas fueron sorprendidas este domingo en Robledo de Omaña, después de haber abatido ilegalmente un corzo macho en coto ajeno sin la correspondiente autorización de sus dueños. Además, se decomisó un rifle, que constaba a nombre de uno de los infractores, por lo que se confeccionó la oportuna denuncia ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, al igual que en el caso de los dos denunciados en Cuenvas del Sil.
La caza con artes o medios prohibidos puede constituir un delito relativo a la Protección de la Flora, Fauna y Animales Domésticos, tipificado en el artículo 336 del vigente Código Penal o una infracción administrativa al artículo 75 de la Ley de Caza de Castilla y León. Todo ello por no ser medios selectivos adecuados para el ejercicio de la caza.
Otras cuatro personas fueron sorprendidas este domingo en Robledo de Omaña, después de haber abatido ilegalmente un corzo macho en coto ajeno sin la correspondiente autorización de sus dueños. Además, se decomisó un rifle, que constaba a nombre de uno de los infractores, por lo que se confeccionó la oportuna denuncia ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, al igual que en el caso de los dos denunciados en Cuenvas del Sil.
La caza con artes o medios prohibidos puede constituir un delito relativo a la Protección de la Flora, Fauna y Animales Domésticos, tipificado en el artículo 336 del vigente Código Penal o una infracción administrativa al artículo 75 de la Ley de Caza de Castilla y León. Todo ello por no ser medios selectivos adecuados para el ejercicio de la caza.
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